Participación ciudadana en el Sistema de Evaluación de impacto Ambiental

Participación ciudadana en el Sistema de Evaluación de impacto Ambiental
SEIA

¿Que establece la ley 19300 en materia de participación ciudadana en el sistema de evaluación ambiental SEIA?

La ley 19300 establece instrumentos de participación ciudadana en la dictación de normas de emisión y calidad ambiental, en la elaboración de planes de prevención y descontaminación. Adicionalmente existen espacios de participación que son de gran relevancia ambiental. El SEIA corresponde a un instrumento altamente demandado por ser la instancia más visible que permite la confluencia de los actores relacionados (voluntaria o involuntaria) con un proyecto o actividad, mas allá del impacto ambiental que este proyecto o actividad genere.

Consideraciones de la participación ciudadana en el SEIA

Es importante tener en cuenta que el proceso de participación ciudadana en el SEIA tiene tres únicos objetivos:

a) Intercambiar información entre el titular del proyecto y la comunidad
b) Apoyar la generación de observaciones de aquellas dudas relativas a temas ambientales que la comunidad considerara no adecuadamente respondidas por el titular.
c) Generar instancias de acuerdo entre la ciudadanía y el proponente bajo los principios del buen vecino.

Estos objetivos se dan en el contexto del fin único del SEIA: mejorar ambientalmente el proyecto en evaluación a través de medidas de mitigación, reparación o compensación ambiental.

Participación para rechazar un proyecto

Mientras las personas muchas veces participan con la intención de lograr el rechazo de un proyecto, la CONAMA o Corema evalúa si el proyecto ha adoptado las medidas que garanticen el cumplimiento de la normativa ambiental, estableciendo condiciones para aquellos aspectos no normados o que no han sido satisfactoriamente resueltos durante el proceso de evaluación técnica. Un proyecto es rechazado solo en casos excepcionales y corresponden a decisiones argumentadas jurídicamente de tal manera que no sea posible impugnarlas en los tribunales, indicando arbitrariedad por parte del órgano que califico ambientalmente el proyecto.

El SEIA corresponde a un instrumento que chequea el cumplimiento de la normativa ambiental y no tiene como objetivo rechazar aquellos proyectos que respetan dicha normativa, aunque el rechazo sea una alternativa política. Esto esta relacionado con el argumento relativo a que la participación ciudadana no tiene valor por cuanto es una “decisión tomada”. Este juicio carece de valor en el contexto de los alcances del SEIA relativos a mejorar ambientalmente los proyectos con la concurrencia de los afectados.

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